Autorizaciones Ambientales e IPPC

ATEC+ID basa su forma de trabajo en tres pilares esenciales, Confianza, Profesionalidad y Colaboración. Cada empresa, negocio o industria presenta sus particularidades y su personalidad, y es usted quien entiende el mismo. ATEC+ID asume los proyectos, para supervisarlos, para desarrollarlos en su totalidad, para obtener un determinado resultado, desempeñar una determinada función o realizar un trabajo específico, aportamos valor pero el éxito no dejará de ser suyo.

ATEC+ID tiene amplia experiencia en estos ámbitos, desde la identificación de los BREF de aplicación, la preparación de la documentación, hasta la valoración de los riesgos y las repercusiones de las exigencias o medidas correctoras que se puedan establecer, así como en la extrapolación de estas autorizaciones para la obtención de las licencias de funcionamiento.

El escenario actual, para buena parte de la industria se puede estructurar en los siguientes campos:

  • Tras la obtención de las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) derivadas de la normativa IPPC en 2007-2008, ATEC+ID ofrece la colaboración para gestionar esta adaptación tanto en el ámbito de la relación con la Administración, la gestión de los riesgos en estos procesos, el control del programa de implementaciones, y la optimización económica de gastos e inversiones.
  • La influencia de nueva normativa sobre la futura renovación de la AAI requiere de su seguimiento y valoración así como de la previsión de requisitos y riesgos para la empresa, a partir de la Directiva 2010/75/UE, art. 80, para lo cual ATEC+ID se ofrece como ayuda estratégica en estos aspectos.
  • La preparación para la próxima renovación de la AAI, si es necesaria, es clave para afrontar un proceso estable y sin sobresaltos, tras la entrada en vigor de la Ley 5/2013 publicada el 7 de junio de 2013, y que establece condiciones de renovación y nuevas autorizaciones a partir del 7 de enero de 2013.

Para todo ello se considera la normativa adicional como la nueva Directiva de Emisiones Industriales, las instalaciones de combustión y los derechos de emisión de CO2, los emisores de COVs, la relación con ECOEMBES para el sector del envasado, etc, pero en realidad todas ellas se encuentran sujetas, por ejemplo, a la aplicación de los BREF y MTDs establecidos en la citada Directiva 2010/75/UE, documentos que serán de obligado cumplimiento tanto los verticales como los transversales.